El Ministerio de Transporte estableció que, durante la vigencia del aislamiento obligatorio por coronavirus, la falta de pago de la Tasa Nacional de Fiscalización del Transporte, de las obligaciones tributarias y previsionales y de multas impuestas por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) no serán impedimento para la percepción de compensaciones tarifarias o el cupo de gasoil a precio diferencial para las empresas.
Lo hizo a través de la resolución 187/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, que indicó que esta medida se renovará automáticamente en caso de prórroga de la prohibición de circulación por mantenimiento del aislamiento preventivo social y obligatorio (ASPO).
Además determinó un descuento del 20% a aquellas cuotas impagas de la Tasa Nacional de Fiscalización del Transporte correspondiente a 2020, cuyo vencimiento hubiese operado en forma posterior a la entrada en vigencia del ASPO.
La resolución tendrá vigencia durante 90 días a partir del vencimiento de la última prórroga que se efectúe al ASPO.
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