Misiones tuvo una tasa de suicidios de 8,7 cada 100 mil habitantes en 2025

  Misiones registró en 2025 una tasa de 8,7 suicidios cada 100.000 habitantes , según datos oficiales del Sistema Nacional de Información Criminal (SNIC) analizados por Chequeado. El indicador se ubicó por debajo del promedio nacional, que alcanzó los 11,8 casos cada 100.000 habitantes , el valor más alto de la serie registrada. Cómo quedó Misiones frente al resto del país El mapa elaborado a partir de los datos oficiales muestra importantes diferencias entre las provincias. Entre Ríos registró la tasa más elevada, con 20,8 casos cada 100.000 habitantes. Le siguieron San Luis , con 18,9, y Salta , con 17,4. En el otro extremo, Río Negro tuvo la tasa más baja, con 6,5 casos cada 100.000 habitantes. Misiones, con 8,7 , quedó entre las provincias con tasas más bajas del país, aunque el indicador fue superior al registrado durante 2024. El dato de Misiones Durante 2025 se registraron 108 casos en Misiones , frente a 78 durante 2024. Esto representa un incremento del 36,9% en...

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Con la firma del gobernador Oscar Herrera Ahuad, se publicó este domingo en el Boletín Oficial de la provincia el decreto por el cual se llama a los encargados de las diferentes dependencias de la administración pública a reorganizar sus dependencias con el objetivo de ampliar los servicios que se venían prestando hasta hoy, que por efecto de las medidas en torno a la pandemia erán los mínimos indispensables. A partir del martes, las dependenicas están autorizadas a ampliar esas prestaciones. En la misma norma se establece que el dictado presencial de clases, en todos los niveles educativos, continuará suspendido.


Entre los considerandos de la norma se indica que "de acuerdo a los informes de emanados del Ministerio de Salud Pública, y habiéndose analizado el estado de avance de la pandemia y de la circulación del coronavirus COVID-19 en el territorio provincial, se encuentran dadas las circunstancias para retomar de forma paulatina las actividades en el ámbito de la Administración Central, Organismos Descentralizados, Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria y Sociedades de Economía Mixta controladas por el Estado Provincial, siempre en estricto cumplimiento del protocolo sanitario aprobado". Esto, principalmente, porque Misiones ya lleva 20 días sin la aparición de casos positivos de enfermos de Covid-19, la enfermedad provocada por el nuevo coronavirus que mantiene al mundo en vilo.

Así, los titulares de cada dependencia podrán convocar, para el martes, al personal que consideren necesario para reactivar, con estrictas medidas de seguridad sanitarias, sus actividades. Quedando aquellos no convocados a trabajar de forma presencial, disponibles para continuar con sus tareas desde su hogar. En ninguno de los casos, dice la normativa, se perderán los beneficios salariales de la actividad que le corresponda, ya se que a realicen desde sus casas o desde las sedes de cada dependencia.
Amplían la actividad de la administración pública en Misiones
El decreto

El decreto publicado en el Boletín Oficial lleva el número 678/20, y en el primer artículo establece que "a partir del dia 26 de Mayo del corriente año, un Régimen Especial de Funcionamiento de la Administración Pública Provincial, en el marco de la emergencia epidemiológica y sanitaria provincial, por dengue
y coronavirus COVID-19, dispuesta por Decreto N° 330/20, que se regirá por las siguientes reglas: a) El personal de la Administración Central, Entes Autárquicos y Organismos Descentralizados, deberá prestar el débito laboral desde su domicilio, a menos que sea convocado a hacerlo presencialmente conforme lo dispuesto por el ARTÍCULO 2º. b) Estricto cumplimiento del protocolo de actuación sanitaria, conforme Decreto N° 590/20 y demás disposiciones sanitarias emanadas por las autoridades competentes, en base a los cuales se deberán adecuar las prestaciones laborales del personal, así como el funcionamiento de las distintas áreas".

En el segundo artículo se instruye"a los señores Ministros Secretarios, máximas autoridades de Entes Autárquicos y Organismos Descentralizados, a reorganizar el cumplimiento de las funciones laborales del personal a su cargo, así como el funcionamiento de las distintas áreas bajo su dependencia, a los fines que la actividad
en sus respectivas jurisdicciones se desenvuelva en estricta observancia del protocolo de actuación sanitaria, aprobado por Decreto N° 590/20 y demás disposiciones sanitarias emanadas por las autoridades competentes. A tales fines, deberán convocar al cumplimiento presencial de las funciones laborales, al personal que resulte estrictamente necesario".

Mientras que en el tercero se indica que "que los agentes y empleados que no hayan sido convocados conforme el artículo precedente, o que se encuentren en
usufructo del beneficio establecido en el Decreto N° 344/20, deberán continuar prestando el débito laboral desde su domicilio, poniendo a disposición su capacidad laboral, conforme le fuera requerido por la superioridad, implementándose para ello estrategias de trabajo a distancia y teletrabajo".

Fuente: El Territorio

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