La Justicia deberá considerar los testimonios de tareferos aportados por la defensa de Ortiz y Di Marco

Así lo resolvió la Cámara Federal de Apelaciones revocando una nulidad dictada por el Juez José Luis Casals en agosto del 2010. La Justicia entendió que todas las garantías constitucionales fueron respetadas y que los testimonios de los tareferos son pruebas que guardan inmediata vinculación con los hechos investigados. 
En la última semana del 2010, la Cámara Federal de Apelaciones de Posadas hizo lugar a la presentación realizada por la defensa de los dirigentes sociales Rubén Ortiz y Juan Carlos Di Marco y revocó el fallo del Dr. José Luis Casals que anula
los testimonios de unos 12 tareferos aportados como testigos en la causa que impulsa el Estado provincial contra ambos referentes por haber acompañado la protesta de los trabajadores rurales en febrero del 2009.



"Las testimoniales agregadas en fs 220/238, cuya incorporación el Juez cuestiona, no se revela como una medida que afecte sustancialmente la garantía invocada por el Juez, en tanto que de su ofrecimiento, producción y contenido resulta imposible sustraer y/o calificar cualquier supuesto ejercicio de violencia física, de coacción, o cualquier otra forma de presión ejercida ilegítimamente por terceros sobre los declarantes, como para que viese configurada concretamente la vulneración de la garantía que prohíbe autoinculparse. (art 18 CN)", reza el fallo que devuelve la causa al Juzgado de Casals para que continúe la instrucción de la misma valorando los testimonios antes anulados.


En la resolución de la Cámara se agrega que la defensa logró argumentar además, con suficiente solvencia, que las declaraciones de los tareferos constituyen "prueba que guarda inmediata vinculación con el objeto procesal materia de la causa, resulta propia del proceso de investigación penal, y aparece como idónea para alcanzar la verdad material de los hechos investigados".


"La Cámara lo que hizo es aplicar los criterios jurisprudenciales que aplica la Corte Suprema de Justicia. Es un fallo ajustado a derecho y apela a la mas reciente jurisprudencia para ello", destacó la Dra. Roxana Rivas abogada defensora de Ortiz y Di Marco quien agregó que "es lo que correspondía porque en términos jurídicos la nulidad dictada por Casals era insostenible".

La defensora sostuvo además que seguirán insistiendo en el sobreseimiento definitivo de ambos referentes sociales quienes lejos de instigar la protesta de los tareferos, de los últimos años, se han convertido en facilitadores de las instancias de dialogo para encausar los reclamos de estos trabajadores.

"Es publico y notorio que el gobierno provincial a apelado a mis defendidos en innumerables oportunidades para encontrar espacios de dialogo, de negociación y búsqueda de soluciones de las justas demandas de los tareferos por lo que resulta incomprensible que por otro lado se siga apelando a la Justicia para hostigarlos y perseguirlos", remarcó Rivas.


LA CAUSA


La causa que tiene como procesados a Rubén Ortiz y Juan Carlos Di Marco fue abierta en febrero del 2009 en el juzgado Federal de Eldorado a raíz de la intervención de la Gendarmería Nacional en los cortes de ruta protagonizados por tareferos de esa zona en reclamo del subsidio para la inter zafra. Se los acusa de los delitos de corte de ruta e instigación a cometer ese hecho.

En el mismo expediente se agregó poco después una denuncia penal del
Ministro de Gobierno Jorge Franco en calidad de funcionario provincial, un hecho que se presentó como una novedad en los procesos de criminalización de protestas sociales en la Argentina. Era la primera vez que un funcionario del rango de Franco se presentaba como denunciante en causas penales contra luchadores sociales.

Es la segunda vez que la Cámara Federal de Apelaciones entiende en este expediente, la primera fue para confirmar un procesamiento apelado por la defensa y esta vez dando la razón a la misma rechazando las nulidades dispuestas por Casals.

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