El INADI dictaminó un nuevo acto discriminatorio en la Facultad de Humanidades de la UNaM

La facultad negó una beca de investigación a una aspirante que reunía todas las condiciones académicas requeridas. La decisión de la Secretaria de Investigaciones de la Facultad fundamenta el rechazo en el solo hecho de superar los 30 años de edad establecidos cómo límite en el reglamente de concursos.
  La denuncia llegó al Instituto Nacional contra la Discriminación la Xenofobia y el Racismo en septiembre del 2008 a partir de una presentación hecha por la alumna Muriel Claire Arensburg ante lo que considera una violación a su derecho constitucional a la igualdad para desarrollarse académicamente.
Arensburg se presentó a una beca de alumno auxiliar en investigación convocado por la Secretaria de Investigación y Post Grado de la unidad académica, alcanzando todos los requerimientos establecidos en la convocatoria pero fue rechazada por superar los 30 años de edad.
Desde la institución, en el descargo presentado ante el organismo nacional, se reconoce que “tal limite etario es una condición usualmente requerida en convocatorias de este tipo, como las realizadas por organismos como el CONICET, obedeciendo este criterio a la necesidad de dar prioridad en la asignación de los recursos del Estado”. Sin embargo el INADI concluye en su dictamen que “establecer un límite etario para la adjudicación de becas de investigación universitaria sin brindar razones suficientes que justifiquen tales medidas resulta un acto discriminatorio en cuanto vulnera el principio de igualdad al restringir irracionalmente el derecho constitucional de aprender”. Arensburg destacó la importancia de este dictamen por que “si bien el mismo se refiere a un caso en particular, atañe a cuestiones de máxima relevancia social. De hecho la cláusula discutida “vulnera el principio de igualdad” fundamento de nuestras democracias modernas.
Se desprende del fallo que los requisitos establecidos para los aspirantes a las becas deben ser los generales relacionados con el historial académico ,la disponibilidad al trabajo y la formación, por tanto no se puede establecer ninguna diferencia en el acceso a las mismas basada en características particulares que abarquen a un grupo y lo excluyan. En lo último subyace una lógica que es la misma que fundándose en cuestiones raciales, excluyó del derecho a la propiedad a los judíos al principio del nazismo, o les negó los derechos civiles a los afroamericanos en E.E U.U. durante 1 siglo.

Comentarios