El Gobierno habilitó en Misiones el regreso de las reuniones familiares de hasta cinco personas

Corrientes en fase 5: este fin de semana se pondrán a prueba las ...

El Gobierno Nacional habilitó hoy en la provincia de Misiones el regreso de las reuniones familiares de hasta cinco personas en domicilios particulares, que habían sido suspendidas por 15 días a través de un decreto de necesidad y urgencia firmado por el presidente Alberto Fernández y con vigencia en todo el país, ante el crecimiento de los contagios por coronavirus.


Por una decisión administrativa de la Jefatura de Gabinete, publicada hoy en la ampliación del Boletín Oficial, la provincia de Misiones, donde rige el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO), queda “exceptuada” de la “prohibición” reglamentada en el DNU 641/20.

Los ciudadanos deberán cumplir con el “protocolo de actuación sanitaria” para Reuniones Familiares elaborado por la Provincia y aprobado luego por el Ministerio de Salud de la Nación.

El gobernador Oscar Herrera Ahuad podrá “implementarlas gradualmente, suspenderlas o reanudarlas”, en el marco de su competencia y “en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial y conforme a la situación epidemiológica y sanitaria” previo a ser “comunicadas” al jefe de Gabinete de Ministros.

La provincia deberá cumplir con un “monitoreo de la evolución epidemiológica y de las condiciones sanitarias correspondientes en forma semanal” y remitir a la cartera de Salud, a cargo de Ginés González García, la información que se le requiera para “evaluar la trayectoria de la enfermedad y la capacidad del sistema sanitario para atender a la población”.

“Si la autoridad local detectara un signo de alerta epidemiológico o sanitario, deberá comunicarlo de inmediato a la autoridad sanitaria nacional”, se enfatiza en la decisión administrativa 1547/2020, cuya vigencia comenzó a regir esta tarde a partir de su publicación oficial.

El Gobierno Nacional, en tanto, podrá disponer de la “suspensión de la excepción dispuesta” en el caso de “detectar una situación de riesgo epidemiológico o sanitario” por el que, además, le dará instrucciones a la Unidad de Coordinación General de Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional, la adopción de medidas pertinentes para contener el avance de la transmisión del virus.

El presidente Alberto Fernández firmó el 2 de agosto el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 641/20 por el que se suspendieron las reuniones familiares por 15 días en todo el país, con efecto inmediato en todas las provincias, a partir del estado de emergencia sanitario vigente desde la oficialización de la pandemia por Covid-19.

Comentarios