Alumnos podrán iniciar clases sin presentar certificado de salud

Los certificados de apto físico (médicos y odontológicos) para alumnos de nivel inicial, primaria y secundaria, deben ser solicitado por la Institución educativa en cualquier momento hasta el día de su cumpleaños, “sin que la falta de presentación al inicio del ciclo lectivo condicione al educando el cursado del nivel educativo que corresponde”, como expresa el Decreto provincial 269/19, el cual modifica el artículo 4 de la Ley Provincial XVII N.º 63.

Dicha medida cuenta con el aval de los Ministros de Salud Pública, Dr. Oscar Alarcón, de Educación, Ciencia y Tecnología, Dr. Miguel Sedoff y del Presidente del Consejo General de Educación, Mauricio Maidana.
La modificación del artículo 4 del decreto N° 2167/12 dice: “Los certificados médicos y odontológicos deberán solicitarse al alumno en el mes de su cumpleaños, sin que la falta de presentación al inicio del ciclo lectivo condicione al educando el cursado del nivel educativo que le corresponda. Dichos certificados tendrán un (1) año calendario de validez. Los exámenes complementarios (como electrocardiogramas, rayos X u otros) serán adjuntados a dicha documentación únicamente en aquellos casos en que el médico actuante ha considerado necesario realizarlos”.
El objetivo es evitar la concurrencia masiva a los centros de salud y hospitales, provocando agotamiento de turnos y largas esperas, además de impedir que se vuelva un trámite administrativo y no garantice el chequeo del chico debidamente.

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