El sindicato de Tareferos reclama un programa de recuperación y reinserción laboral

Piden que el gobierno instrumente un plan de asistencia inmediata que garantice la seguridad física, sicológica, alimentaria, medica y jurídica para no agravar la situación de extrema vulnerabilidad en el que se  encuentran. Además reclaman protección frente a cualquier tipo de represalia que puedan recibir ellos o sus familias. En la provincia ya se detectaron 51 adultos y 6 niños trabajando en condiciones infrahumanas en 5 campamentos de tareferos.


El Sindicato de Tareferos, Trabajadores Transitorios y Desocupados, gremio nucleado en la CTA Misiones, reclamó este fin de semana la instrumentación de parte del Estado provincial o nacional de un programa para la recuperación y reinserción laboral de los trabajadores reducidos a la servidumbre en los yerbales de la provincia.
Destacó que es urgente que se evite que la situación de extrema vulnerabilidad de estos tareferos se vea agravada a partir de las denuncias realizadas por AFIP y Ministerio de Trabajo, organismos de Control que
pudieron constatar la explotación laboral que vienen denunciando  históricamente.

“Una vez que se va el sindicato, la AFIP o el Ministerio de Trabajo,
necesitamos que se garantice a estos trabajadores que van a ser asistidos,
contenidos y recuperados. Que va haber un Estado que en cumplimiento de la
ley se va a ocupar de garantizarles alimentación, asistencia medica,
asistencia jurídica, que va evitar las represalias, que va evitar que sean
revictimizados”, destacaron desde el Sindicato.

En la provincia un total de 51 adultos y 6 niños ya fueron detectados
trabajando en condiciones infrahumanos, victimas del delito trata de
personas, reducidos a servidumbre.

El viernes último un operativo de AFIP; Administración Federal de Ingresos
Públicos detecto un campamento de la localidad de Montecarlo, paraje
Guatambú, con 7 adultos y un niño trabajando en “negro” en el yerbal de un
productor de la zona, cuya identidad no pudo confirmarse aún, viviendo
durante toda la semana en lonas negras, durmiendo en colchones en el barro,
sin agua, sin baños, aislados, sin condiciones mínimas de higiene y
seguridad, expuestos a todo tipo de riesgos.
“Que querés que te diga esto es lo más feo que hay, hay un montón de bichos,
mosquitos, arañas, hormigas, la humedad, es un desastre. El baño te tenés
que arreglar en el monte porque no hay, el agua tenemos que traer de un
arroyo que esta a mil metros de acá”, destacó uno de los tareferos
encontrados en horas de la mañana del viernes en Guatambú.



Endeudados desde antes de ir al yerbal.
Antes de ir al campamento deben proveerse de los víveres que consumirán
durante los días que permanezcan en el yerbal endeudándose de ante mano con
el contratista Carlos González, un cuadrillero de Puerto Rico.

“Cuando venimos nosotros tenemos que traer mercadería, por un 100 o 200
pesos para arreglarnos toda la semana, después te descuentan todo cuando
haces el arreglo. Te pagan 160 la tonelada, si sos guapo podes hacer 2 mil
kilos por semana, pero a veces saca 500, 1000 kilos por semana y ahí no te
queda nada”, agregó.



En el campamento de Guatambú, ubicado a unos 5 kilómetros de la ruta 12, no
hay señal para telefonía móvil, tampoco energía eléctrica. Si alguno de los
trabajadores sufre un accidente deberá caminar varios minutos para
comunicarse con el contratista, pero lo mas probable es que deba esperar
toda la semana para poder ser atendido.

Cortes con machete, picadura de insectos de todo tipo, intoxicaciones
aparecen en los relatos. “A mi me picaron avispas, se me hincho todo el
brazo y así estuve unos tres días mas o menos, pero tarefee igual, no le
dije nada al patrón porque no tenia para pagar la vacuna, porque yo soy
alérgico”, sostuvo otro tarefero. En el campamento no existe
asistencia médica para atender posibles accidentes de este y ningún tipo.
El viernes por la mañana cuando fueron encontrados por los inspectores de la
AFIP estaban ya terminando la cosecha de la semana, esperando que llegue el
camión para cargan la ponchada, una vez que eso ocurra deberán esperar que
llegue una combi para trasladarlos hasta Garuhape, de donde son la mayoría de
ellos. “Hoy vamos a asegurarnos que este la combi antes de cargar, porque la
semana pasada vino el camión, cargamos la yerba y después se fueron y nos
dejaron tirados por acá”, se quejo otro de los trabajadores.



El delito que se presume

La AFIP anticipó que dará intervención a la justicia la que deberá
investigar la responsabilidad del contratista, el productor propietario del yerbal y el
destinatario de la materia prima en la presunta comisión del delito de trata
de personas. Desde el Sindicato de Tareferos reclaman que la asistencia que
prevé la ley para la Prevención y sanción de la trata de personas y
asistencia a sus victimas sea instrumentada de manera urgente para evitar la
continuidad de la violación de los derechos de estos trabajadores.

La ley 26364, sancionada en la Argentina en el año 2008 destaca, en su
articulo 2, “se entiende por trata de mayores la captación, el transporte
y/o traslado -ya sea dentro del país, desde o hacia el exterior-, la acogida
o la recepción de personas mayores de DIECIOCHO (18) años de edad, con fines
de explotación, cuando mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o
cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una
situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios
para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la
víctima, aun cuando existiere asentimiento de ésta”.

La misma norma, en su articulo 4, habla de explotación “cuando se redujere o
mantuviere a una persona en condición de esclavitud o servidumbre o se la
sometiere a prácticas análogas; Cuando se obligare a una persona a realizar
trabajos o servicios forzados”.


La ley de trata en su artículo 6 también prevé una serie de acciones para
proteger a la victima entre las que se destaca:
Recibir alojamiento apropiado, manutención, alimentación suficiente e
higiene personal adecuada; Contar con asistencia psicológica, médica y
jurídica gratuitas; Prestar testimonio en condiciones especiales de
protección y cuidado; La protección frente a toda posible represalia
contra su persona o su familia, pudiéndose incorporar al programa
nacional de protección de testigos en las condiciones previstas en la
Ley Nº 25.764. La adopción de las medidas necesarias para garantizar
su integridad física y psicológica; Ser informadas del estado de las
actuaciones, de las medidas adoptadas y de la evolución del proceso;
Ser oídas en todas las etapas del proceso; La protección de su
identidad e intimidad; Permanecer en el país, de conformidad con la
legislación vigente, y a recibir la documentación o constancia que
acredite tal circunstancia; Que se les facilite el retorno al lugar en
el que estuviera asentado su domicilio; Acceder de manera voluntaria y
gratuita a los recursos de asistencia.

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