AFIP: hay 66 mil nuevos monotributistas y 286 mil fueron recategorizados

El viernes pasado venció el plazo para la adhesión y recategorización al Monotributo, como así también para el pago de la cuota correspondiente a enero. En caso de tener que cambiar nuevamente su categoría, el mecanismo permite hacerlo hasta el séptimo día del mes siguiente a la finalización de cada cuatrimestre, ingresando al Sistema Registral en la página del organismo recaudador.

Casi 66 mil contribuyentes se adhirieron al nuevo régimen Monotributista y más de 286 mil se recategorizaron, sumando un total de 352 mil los inscriptos al sistema impositivo, según datos de la Administración federal de Ingresos Públicos (AFIP).

De acuerdo con la información suministrada por el organismo recaudador, 65.993 contribuyentes se recategorizaron dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y 286.029 fueron recategorizados.

Entre los nuevos monotributistas, 7.482 contribuyentes salieron del régimen general (IVA, Ganancias, Autónomos) y pasaron al régimen simplificado y 58.511 correspondieron a nuevas inscripciones.

El viernes pasado venció el plazo para la adhesión y recategorización al Monotributo, como así también para el pago de la cuota correspondiente a enero.

Para la recategorización, los contribuyentes debieron verificar, a la finalización de cada cuatrimestre calendario, que los parámetros por los cuales se hayan inscripto no hubieran
sufrido variaciones que los obligaran a cambiar de categoría.

En caso de tener que cambiar su categoría, el mecanismo permite hacerlo hasta el séptimo día del mes siguiente a la finalización de cada cuatrimestre, ingresando al Sistema Registral en la página de la AFIP.

Es decir que la próxima recategorización vence el 7 de mayo próximo.

La reforma al régimen de Monotributo, establecida por la Ley 26.565, amplió el universo de los contribuyentes que se pueden adherir, a través de la creación de nuevas categorías y la suba del monto máximo hasta 200 mil pesos para la actividad de servicios y 300 pesos para la venta de bienes.

Los contribuyentes que en 2009 superaron el monto máximo de facturación permitida (72 mil o 144 mil pesos, según los casos) deben regularizar la situación pasando en forma retroactiva al Régimen General, debiendo presentar las declaraciones juradas y pagar las diferencias de impuestos, informó la AFIP.

Por su parte, los contribuyentes que quieren adherirse al Monotributo, previo a su inscripción en el régimen, deben obtener su CUIT y Clave Fiscal.

Es que la adhesión se realiza por Internet, ingresando a la página de la AFIP con la Clave Fiscal, donde además se ingresa la declaración de la actividad económica.

Para la adhesión deben también observarse los parámetros de ingresos brutos, energía eléctrica consumida, superficie afectada, alquileres devengados y en algunos casos la cantidad mínima de empleados.

Fuente: 26 Noticias

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